- Incendio Edificio y Contenido General
- Robo y/Hurto de bienes muebles
- Electrodomésticos
- Cristales
- Daños por Agua
- Responsabilidad Civil Vida Privada
- Accidentes Personales
- Jugadores de Golf
COBERTURAS
Incendio Edificio y Contenido:
Se cubre el edificio, objetos y mobiliario del asegurado a prorrata, contra:
- Todos los daños materiales directos e indirectos provocados por la acción de Incendio, Rayo y/o explosión.
- Los daños materiales directos producidos por hechos de tumulto popular, huelga, lock out, otros hechos de vandalismo, malevolencia, impacto de aeronaves, vehículos terrestres, sus partes y componentes y/o cargas transportadas y humo.
- Huracán, Vendaval, Ciclón, Tornado y/o Granizo. (Edificio)
- El rubro Edificio comprenderá automáticamente la construcción principal y las auxiliares (si las hubiera).
- En caso de asegurarse el contenido contra el riesgo de granizo, quedarán comprendidos en la suma asegurada aquellos bienes que se encuentren al aire libre cuando sea ella su condición normal”
- Remoción escombros limitado hasta el 5% de la suma asegurada del Edificio.
- Medida de la prestación: Incendio Edificio -> a prorrata*
Incendio Contenido -> a 1º riesgo absoluto*Importante: En caso de siniestro que afectara a la cobertura de Edificio y cuyo daño no superara la suma de $15.000.- no será de aplicación la regla proporcional, no aplicándose en consecuencia un eventual infraseguro.
Robo y/o Hurto de Bienes Muebles:
Se protegerán los bienes muebles que se encuentren en la casa del asegurado, cubriendo:
- Pérdida por robo o hurto del mobiliario que se encuentre en la vivienda, como también los daños que sufran éstos como consecuencia del robo y/o su tentativa y los que ocasionen los ladrones para cometer el delito.
- Extensión de la cobertura de los mismos: excepto los de huéspedes y los específicamente asegurados, cuando se lleven a hoteles, hospedajes y/u otros alojamientos en territorio de la república Argentina, en tanto sean su residencia accidental o temporaria durante un lapso no mayor a 90 días por año, dando aviso al asegurador del traslado.
- Cobertura hasta un 10% del conjunto de bienes de huéspedes del asegurado.
Electrodomésticos:
Se cubren: PC, heladeras, microondas, lavarropas y línea blanca en general, TV, LCD, DVD, equipos de audio y video, teléfonos inalámbricos, fax. Excluye notebooks, netbooks, dispositivos manuales de cualquier tipo (iPads, iPods, celulares), contra:
- Pérdida y daño de aparatos por Incendio, Robo o Hurto y Accidentes en el territorio de la República Argentina, incluyendo su tránsito y los daños que causaren estos aparatos a cosas de su propiedad y que no formen parte de los mismos y por accidentes causados a terceras personas, y/o daños o roturas de cosas de terceras personas hasta la suma asegurada por cada objeto.
Cristales:
Se cubren:
- Los cristales y vidrios verticales de la vivienda asegurada por los daños producidos a consecuencia de rotura y/o rajadura, incluyendo los gastos normales de colocación y hasta la suma asegurada.
Daños por Agua:
Se protegen:
- Los bienes muebles por los daños producidos por acción directa del agua, a consecuencia de un hecho accidental, súbito e imprevisto, que cause derrame, desborde, escape y/o rotura de las cañerías de la red domiciliaria del inmueble asegurado únicamente.
Se cubren los daños al edificio hasta un 50% de la suma asegurada para este rubro y dentro de la suma asegurada.
Se excluye inundación y toda agua proveniente del exterior.
Responsabilidad Civil Hechos Privados:
Se brinda protección dentro del ámbito de la República Argentina, cubriendo:
- La responsabilidad Civil emergente de los hechos privados imputables al Asegurado y/o su cónyuge, siempre que conviva con él y/o cualquier otra persona por la que el mismo y/o su cónyuge sean legalmente responsables.
Quedarán incluidos automáticamente, la tenencia de animales domésticos, caída de objetos y/o árboles del propio predio, suministro de alimentos, contratistas y/o subcontratistas por tareas que deban realizar, de jardinería, plomería, cerrajería, limpieza de tanques de agua, electricidad y trabajos de mantenimiento (pintura y/o limpieza) – Se excluyen trabajos realizados en la vía pública que no fueran consecuencia de una tarea de emergencia.
Accidentes Personales
- Cubre muerte e incapacidad total por accidente únicamente al Asegurado y/o cónyuge. Se excluye personal contratado.
Jugadores de Golf
- Se ampara el juego de palos y su respectiva bolsa, contra todo riesgo, en el ámbito de la República Argentina. Cobertura adicional de Hoyo en Uno, hasta un 10% del valor del equipo. Cobertura adicional de Responsabilidad civil emergente de la práctica de este deporte, sin costo, comprendida bajo la cobertura de Responsabilidad Civil Hechos Privados.