La cobertura más completa para el edificio y sus partes comunes.
- Incendio Edificio y Contenido general
- Robo Contenido General
- Robo de Bienes de Uso
- Responsabilidad Civil
- Responsabilidad Civil Linderos
- Cristales
- Remoción de Escombros
- Daños por Agua
Coberturas
Incendio Edificio y Contenido:
Se cubre:
- Todos los daños materiales directos e indirectos provocados por la acción de Incendio, Rayo y/o explosión.
- Los daños materiales directos producidos por hechos de tumulto popular, huelga, lock out, otros hechos de vandalismo, malevolencia, impacto de aeronaves, vehículos terrestres, sus partes y componentes y/o cargas transportadas y humo.
- Huracán, Ciclón y/o Tornado, Vendaval y Granizo.
Remoción de Escombros:
Se amparan los gastos necesariamente incurridos por limpieza, retiro de escombros y/o demolición de edificio, de la parte o partes de los mismos, que hayan sido destruidos y/o dañados por incendio o por cualquier otro riesgo amparado “hasta un límite máximo de 5% de la suma asegurada de edificio, y como sublímite dentro de dicha suma, la que no se verá incrementada en caso de siniestro, por la presente cobertura.
Robo Contenido General:
Cubre el robo del mobiliario de propiedad común y los daños que sufran los bienes asegurados como consecuencias del robo y/o su tentativa.
Cristales:
Cubre los daños causaos a cristales vidrios, espejos y demás piezas vítreas comunes del edificio asegurado colocados en forma vertical, como consecuencia de rotura o rajadura. Se incluyen los gastos normales de colocación.
- Límite asegurable: $10.000.-
Daños por Agua:
- Cubre la pérdida o daños a bienes comunes (mobiliario o contenido) por la acción directa del agua, por: filtración, desborde, derrame o escape como consecuencia de un hecho accidental, súbito e imprevisto que ocasione la rotura, obstrucción, falta o deficiencia en la provisión de energía o falla en la instalación destinada a contener o distribuir agua. Se excluye inundación y toda agua proveniente del exterior.
Responsabilidad Civil
Cubre los daños producidos a terceros que surjan de los artículos 1109 al 1136 del Código Civil hasta las sumas máximas establecidas. Pueden incluirse los daños producidos a consecuencia de:
- Ascensores y Montacargas
- Instalaciones a vapor y calderas
- Incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escapes de gas
- Otras acorde a necesidades
- Sin Franquicia
Responsabilidad Civil Linderos
Cubre la R.C. extracontractual por daños materiales únicamente a cosas de terceros, como consecuencia exclusivamente, de la acción directa o indirecta del fuego y/o explosión que resulte indemnizable bajo la cobertura.
Se excluyen daños y/o reclamos por lesiones y/o muerte.
Ventajas del Producto
Servicio de asistencia
Todos los costos incluyen los siguientes servicios de asistencia, disponibles las 24hs., todos los días del año:
- Cerrajero
- Seguridad y vigilancia
- Envío de servicio de plomería
- Emergencias Médicas-CODIGO ROJO
- Alquiler de equipo electrógeno
- Desagote de sótanos y/o subsuelos en caso de inundación
- Prestaciones Programadas
- Asistencia Legal
- Centro de respuesta Inmediata CRI-Servicio de gestión inmediata de siniestros de cristales.